El calendario escolar, que fijará anualmente la Consejería con competencias en materia de educación, comprenderá un mínimo de 175 días lectivos para las enseñanzas obligatorias, de acuerdo con la disposición adicional sexta del Real Decreto 126/2014, de 28 de febrero, por el que se establece el currículo básico de la Educación Primaria.